Se suma legislador al movimiento #YoSoy17

Aguascalientes, Junio 26 (2014).- El diputado del Partido Movimiento Ciudadano, Oswaldo Rodríguez García, presentó esta mañana durante la sesión del pleno, una iniciativa para reforma de la ley penal motivada por las manifestaciones realizados por el movimiento #YoSoy17 emprendido por médicos solicitando les dejen hacer lo que mejor saben hacer: salvar vidas.

Este movimiento, estableció, va más allá, es por un legítimo reclamo de contar con garantías y trato justo por su actuar dentro de las tareas tan difíciles como lo es el practicar su profesión en bien de la salud y de nuestras vidas.

“Hoy los profesionales presentes acuden a la voluntad de despertar conciencias para que logremos lo más pronto posible adicionar el artículo antes mencionado, y se establezca que aquellos daños  a la salud ocasionados en el ejercicio de su profesión en su esfuerzo de salvar vidas, sobre todo en casos de extrema urgencia y en condiciones precarias, no se consideren ‘lesiones o muertes delictuosas’ y comprometan a médicos que actúan con responsabilidad, de manera justa y profesional”.

Aclaró que sin quitar responsabilidades a posibles actos médicos que no cumplan con los requisitos legales, la iniciativa establece que exista evidencia en la cual el médico explicó el procedimiento o el tratamiento al paciente, sus complicaciones o consecuencias posibles, tiempo de recuperación y los cuidados pertinentes contando con el consentimiento expreso del paciente.

De igual manera, esta reforma exigirá que el médico cuente con título expedido por la institución académica y tenga validez oficial, además de contar con lo respectivo si el profesional tiene una especialidad.

También se considera que el procedimiento se realice en un lugar expresamente destinado para su práctica y cuente con los permisos de las autoridades competentes, que exista un dictamen de la Comisión de Arbitraje Médico Estatal o Federal o la dependencia oficial que realice esa actividad tenga el aval y validación, y que las lesiones o la muerte, no tengan como causa determinada la violación de un deber de cuidado que el o los médicos podían y debían observar según las circunstancias del caso.