Pide CROM a la IP no escamotear reparto de utilidades

Aguascalientes, Mayo 14 (2015).- Mayo es el último mes que las empresas tienen para pagar a los trabajadores el Reparto de Utilidades, informó Jesús Ramírez dirigente estatal de la CROM.

Los patrones con régimen de personas morales, tienen este mes para el pago de utilidades mientras que las personas físicas con actividad empresarial tienen para liquidar a sus empleados el mes de junio, apuntó Jesús Ramírez, quien informó que ya algunas empresas han estado liquidando este compromiso.

El reparto de las utilidades es un derecho inquebrantable que los trabajadores tienen y al que los empresarios están obligados a entregar, de acuerdo al marco legal aplicable. “Es un derecho, es una conquista que los trabajadores tenemos desde hace muchos años y al cual accederemos para el disfrute de los trabajadores y nuestras familias”.

Indicó que en general, el empresariado de Aguascalientes siempre ha cumplido con este derecho laboral y dijo que los trabajadores confían en la ética de los hombres de empresa porque cada año han mostrado en los hechos, voluntad para cumplir en tiempo y forma con este compromiso.

Sin embargo, fue enfático en afirmar que la CROM estará muy atenta a que se cumpla con este derecho y advirtió que defenderá a cabalidad cualquier caso de incumplimiento por parte de las empresas. “Estamos ya muy atentos y preparados para hacer una legítima defensa de aquellos trabajadores a los que no les paguen las utilidades” sentenció el dirigente obrero.

Por otro lado explicó que el artículo 27 de la Ley Federal del Trabajo garantiza a los trabajadores el derecho así mientras que el 117 del mismo ordenamiento establece el criterio de un porcentaje del pago. En la Constitución, artículo 123°, fracción IX, apartado “A” ordena el pago de este derecho y establece una serie de criterios muy precisos que hacen inquebrantable este derecho.

En ese sentido dijo que para cumplir con dicha obligación, las empresas cuentan con 60 días posteriores a la presentación de su declaración anual de impuestos. Para ser claros, la declaración anual se debe presentar a más tardar el día 31 de marzo del año siguiente, por lo que la PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) deberá pagarse máximo el 31 de mayo.

En caso de personas físicas que hubiesen tenido empleados y también son merecedores de esta obligación, podrán pagarla a más tardar en el mes de junio, pues aplica el mismo criterio que en personas morales quedando como fecha límite el día último del mes de junio.