Eutanasia activa, pasiva, suicidio asistido y muerte digna / LizyLoloy
El pasado jueves diecisiete de diciembre del presente año, España se sumó a los pocos países a nivel mundial que aprobaron la Eutanasia, entendida ésta como la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada. Es preocupante que en pleno siglo XXI únicamente seis países se hayan pronunciado respecto a este tema (Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Colombia y ahora España).
Los puntos que se pueden rescatar de esta legislación española de acuerdo a Antonio Paniagua son los siguientes:
Se considera como un nuevo derecho social. Está motivada en diferentes casos que se han presentado a lo largo de la historia española. Se despenaliza y regula el ejercicio de la Eutanasia. Para que sea legal debe ser una petición informada, expresa y reiterada en el tiempo. Puede pedirla cualquier persona mayor de edad en forma autónoma, consciente e informada. Se pide en dos momentos distintos y debe haber un lapso de tiempo entre ambas solicitudes (quince días). En determinado momento se debe ratificar y por último se pide un consentimiento informado. Habrá un proceso deliberativo por parte del médico tratante en conjunto con otro médico y una Comisión. Existen dos modalidades: la administración directa de una sustancia y el suicidio asistido (el propio paciente se toma la sustancia). Se puede negar el acceso a este derecho social por parte del médico responsable. Es financiada por el Estado Español. Es considerada como muerte natural para efectos legales y finalmente, algunos médicos y comités de bioética la rechazaron tajantemente.
Si bien es cierto solo seis países regulan la Eutanasia Activa, hay países que en algunos de sus estados se permite, y otros pocos países como lo son
Argentina, Francia e India por mencionar algunos, contemplan lo que se conoce como Eutanasia Pasiva (no permitir medios artificiales para vivir, permitir la sedación hasta la muerte y retirar y/o rechazar un tratamiento) y Alemania regula el suicidio asistido por motivos altruistas.
México es uno de esos pocos países que regula la Eutanasia Pasiva desde 2008, donde enfermos terminales pueden solicitar legalmente estar sedados
hasta su muerte, que se les retiren los medios artificiales, retirar o rechazar un tratamiento, a través de la voluntad anticipada, de la cual ya en su
momento se habló; sin embargo está expresamente prohibida la eutanasia y el suicidio asistido.
Es urgente seguir el ejemplo de España y legislar en materia de Eutanasia Activa. Considero que los puntos que resaltan en la ley española pueden
servir de base para una legislación mexicana la cual involucre a los médicos, comités de bioética y población en general para obtener un ordenamiento
que cumpla con las necesidades de la sociedad y se tengan los candados necesarios para ejercer el derecho social a una MUERTE DIGNA sin caer en los excesos propios del tema.
Estoy completamente a favor de la Eutanasia, ya que si tienes derecho a una vida digna, por qué no tener el derecho también a una muerte digna.
La opinión de: Elizabeth Loyola Gómez, Asesora Jurídica del Centenario Hospital Miguel Hidalgo, Catedrática de la Universidad Cuauhtémoc, Integrante de la Barra Mexicana de Abogados Capítulo Aguascalientes y Doctorante en Derecho por la Universidad de Durango, Campus Aguascalientes.