Política 

Congreso no podrá nombrar Contralor en el Tribunal Electoral

Aguascalientes, Diciembre 17 (2019).-La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (PJF), declaró inválido el Decreto 149 que aprobó el Congreso del Estado de Aguascalientes en el que daba instrucción al Tribunal Electoral del Estado para modificar su Reglamento Interior y con ello el Pleno de los diputados tendría la facultad de designar contralor interno.

«Se inaplican las disposiciones normativas relativas al Decreto 149 por el que se expidió la Reforma del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes, por cuanto hace a la facultad del Congreso del Estado de designar al titular del Órgano Interno de Control del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes. Se dejan sin efectos jurídicos todos aquellos actos realizados en cumplimiento al decreto referido y se ordena dar vista a la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de la inaplicación de los preceptos locales», manifestó el Magistrado Presidente de Sala Superior, Héctor Alfredo Fuentes Barrera.

El 13 de mayo de los corrientes en el Periódico Oficial se publicó: «Decreto Número 149, articulo único;  Se Reforman el Quinto Párrafo del Artículo 45, el Octavo Párrafo del Artículo 69, el Quinto y Sexto Párrafos del Artículo 354, y la Fracción IV del Artículo 356; así como se Adicionan un Séptimo y Octavo Párrafos al Artículo 354, del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes».

El Contralor durará en su encargo 4 años, será electo y removido por el Congreso del Estado mediante el voto que establezca la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, y deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 80 del presente Código a excepción de su fracción VII.