Congreso Local tipifica el delito de acecho y reconoce está conducta como una forma de violencia
Aguascalientes, junio 05 (2026).-La reforma incorpora al Código Penal del Estado el delito de “acecho” y reconoce la violencia por acecho dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Aguascalientes.
El artículo 139 Ter establece que comete el delito de acecho quien, de manera reiterada y sin consentimiento, vigile, siga o intente establecer contacto, por cualquier medio físico, digital o tecnológico, con una persona, alterando el normal desarrollo de su vida cotidiana o causando una afectación verificable en su salud psíquica.
Al responsable se le aplicarán de 6 meses a 2 años de prisión y de 90 a 180 días multa, así como el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, entre otros aspectos.