Chihuahua inicia el primer proceso penal a hombre por matar un perro

Chihuahua, Mayo 16 (2014).- Un municipio agrícola del estado de Chihuahua, se volvió foco de atención judicial, luego que un juez dictó auto de formal prisión a un hombre de 52 años de edad por haber matado a un perro a pedradas.

La medida causó asombro primero entre la población del municipio de Camargo, y luego en todo el estado, ya que esta región rural del sur de Chihuahua, se encuentra sumida en una crisis de violencia provocada por los cárteles de la droga, delincuentes que no son sometidos por la autoridad.

«La Fiscalía de Chihuahua informó que un juez de garantías del Distrito Judicial Camargo, vinculó a proceso a Benito Ocón Acosta, como probable responsable de “delitos cometidos en contra de animales de compañía, por actos de maltrato en perjuicio de la sociedad”.

El hombre fue denunciado por la dueña de un perro, la cual señaló ante el Ministerio Público que el sujeto le dio muerte a pedradas a su mascota.

Los hechos que se le atribuyen, se registraron la tarde del 21 de marzo del año en curso, cuando de acuerdo con los argumentos del ministerio público, el sujeto, “de manera dolosa realizó actos de maltrato a un perro de raza criolla”, de aproximadamente cuatro meses de edad.

El hombre habría arrojado piedras de diversos tamaños contra el animal, hasta provocar su muerte, en un terreno ubicado en la calle Convención de Aguascalientes del fraccionamiento del Villas del Sol, en la ciudad de Camargo.

La Fiscalía de Chihuahua añadió que durante la audiencia de vinculación, el Ministerio Público de la Unidad de Investigación de Camargo presentó ante el Juez de Garantía, las pruebas incriminatorias basadas en testimoniales que fortalecieron la imputación, elementos que fueron suficientes para que fuera vinculado a proceso.

EL juez fijó un plazo de dos meses para el cierre de la investigación, pero dio al acusado la garantía de enfrentar el proceso en libertad, pero deberá acudir a firmar al juzgado regularmente, para garantizar que no evadirá el mismo.

La penalidad que pudiera alcanzar por el delito que se le atribuye, según lo marca el artículo 366 del Código Penal, podría ser de 6 meses a 2 años de prisión y pagaría hasta 250 salarios mínimos de multa.

Información y foto: Excelsior