Garantizan diputados a mujeres embarazadas, servicios de salud y atención durante y después del parto

Aguascalientes, Junio 10 (2021).-Este día en el Congreso del Estado, fue aprobado por mayoría el dictamen que emitió la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, mediante el cual se reforma la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes, con el propósito de garantizar que toda mujer embarazada cuente con servicios de salud y atención durante y después del parto.

Además, en la modificación se establece que el alumbramiento debe atenderse con enfoque humanizado, seguro, prohibiendo cualquier intervención invasiva o excesiva que carezca de sustento médico científico, y así evitar actos de violencia obstétrica que ponga en riesgo la integridad del bebé y de la madre.

Por otro lado, el Pleno de la LXIV Legislatura aprobó el dictamen que contiene diversas iniciativas de reformas que plantearon diversos grupos parlamentarios, a la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Aguascalientes, con el objeto de fortalecer los procesos de consulta, presupuesto participativo y armonizarla con la Constitución Política Federal y Tratados Internacionales.

De igual manera, en las modificaciones se estipuló que la Consulta Ciudadana puede convocar en cualquier momento, excepto en el desarrollo del proceso
electoral. Además, estas reformas también armonizan la Ley estatal de Participación Ciudadana con la Constitución Política Federal y Tratados Internacionales, en materia de protección a los derechos humanos.

Al respecto, en lo particular, se propuso un cambio en la redacción de del artículo 72, referente al porcentaje de participación ciudadana vinculatorio a las autoridades, quede de la siguiente manera: “el 50 por ciento alcanzado en la consulta de presupuesto participativo será vinculatorio a las autoridades correspondientes en su toma de decisiones”. La moción fue avalada por el Pleno.

En seguida se propuso la adición de un artículo segundo transitorio, aprobada también por mayoría, a través del cual se establece un plazo no mayor a 90 días para que las autoridades correspondientes emitan su reglamento respectivo que regule la realización de consultas ciudadanas, a partir de que entre en vigor la presente reforma.