López Obrador, drástico pero no mal intencionado / LizyLoloy

En fechas recientes, el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, presentó ante la Cámara de Diputados una polémica iniciativa a efecto de reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de varias leyes con la finalidad de armonizarlas y regular el tema de la subcontratación (outsourcing) laboral que en estos tiempos es tan recurrente.

La Ley Federal del Trabajo define la subcontratación laboral como aquella “por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo
supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas”

Es de todos bien sabido que este tipo de prácticas ha generado en algunas ocasiones, abusos y simulaciones en contra de los trabajadores al no saber quién es su verdadero patrón y afectando su seguridad social (salud y vivienda), ya que son registrados con salarios menores a los que realmente perciben, vulnerando principalmente su derecho a la estabilidad en el empleo, ya que trabajar bajo el régimen de subcontratación implica la contratación por tiempo determinado, rompiendo con ello la continuidad laboral y negándoles la seguridad jurídica de contar con un empleo estable.

Este tipo de régimen no solo afecta a los trabajadores, sino que ha provocado una grave afectación a la Hacienda Pública, ya que se evaden impuestos, cuotas del IMSS e INFONAVIT, impactando de esta forma a los servicios públicos, la calidad en los servicios de salud y la reducción de créditos de
vivienda.

Los principales puntos que se pueden destacar de esta propuesta de reforma son:

-Se prohíbe la subcontratación de personal. Se permite la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social de la beneficiaria, para lo cual deberá tenerse autorización de la Secretaría del Trabajo y estar registrados en un padrón público.

-Las agencias de colocación únicamente son intermediarias para la contratación, pero NO serán consideradas patrones. Ante el incumplimiento de lo anterior, se prevén sanciones más severas (multas e incluso se procesará por el delito de defraudación fiscal).

Sin duda alguna, se requiere regular todo lo relacionado con la subcontratación, es claro que ante la falta de empleos en nuestro país y la necesidad que tienen las cabezas de familia por generar ingresos, aceptan trabajos en los cuales no se respetan sus derechos laborales.

Basta con preguntarles a los abogados laboralistas que defienden trabajadores acerca de todos los obstáculos con los que se encuentran al no poder establecer en este tipo de situaciones quién es el verdadero patrón de sus clientes e incluso llegar a obtener laudos favorables pero sin tener un patrón cierto a quién cobrar las liquidaciones de los trabajadores.

El espíritu de la reforma no es malintencionado; sin embargo, la misma es algo drástica, ya que existen regímenes de subcontratación que sí cumplen con todas las regulaciones y benefician de cierta forma a los mismos trabajadores y a la economía en general, por lo tanto, sería conveniente realizar un análisis más profundo respecto al outsourcing en el que participen el gobierno y la iniciativa privada buscando no afectar a la economía mexicana.