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Corte rechaza también la consulta del PRI

Ciudad de México, Noviembre 03 (2014).-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la pregunta que el PRI quería someter a consulta popular con la intención de reducir el número de diputaciones y senadurías plurinominales.

Por unanimidad, el Pleno de la Corte resolvió que el tema que pretendía llevarse a consulta entra en los supuestos que prohíbe el artículo 35 de la Constitución, ya que toca el tema electoral.

Además, subrayaron, que la disminución de representantes populares puede provocar un daño a los partidos políticos.

El PRI buscaba consultar a los ciudadanos: ¿Estás de acuerdo en que se modifique la Constitución para que se eliminen 100 de las 200 diputaciones federales plurinominales y las 32 senadurías plurinominales?

La pregunta fue presentada por el presidente nacional del PRI, César Camacho Quiroz, a la Cámara de Senadores, ésta última turnó la consulta al máximo tribunal de justicia del país.

El Pleno recordó que hace más de un mes, la Corte ya se había pronunciado sobre la reducción de representantes populares; los ministros señalaron que Durango pretendió cambiar la conformación de su congreso local, de 30 a 25 diputaciones.

Eso provocó que los partidos políticos promovieran una acción de inconstitucionalidad, en la que se resolvió que dicha reducción de representación popular tendría un impacto negativo para los institutos políticos.

Fernando Franco González Salas, ministro ponente, propuso declarar inconstitucional la pregunta del PRI, debido a que aborda el tema electoral, lo cual prohíbe el artículo 35 de la Carta Magna para consultas populares.

Indicó que la reducción de diputados y senadurías plurinominales está ligada prácticamente al tema electoral, y con ello se afectaría la conformación de los partidos, lo que también tendría un impacto en los gobernados.

El ministro José Ramón Cossío Díaz detalló que la reducción de plurinominales puede impactar en la participación de los partidos políticos y en el grado de representación ciudadana.

En el mismo sentido se pronunció la ministra Olga Sánchez Cordero, quien dijo que se vería un impacto en el régimen de los partidos políticos y la forma en que operan los principios de mayoría relativa.

Jorge Mario Pardo Rebolledo puntualizó que la disminución sí afecta el principio de representatividad, ya que el por número se alteraría la conformación del órgano legislativo.

Cabe mencionar que ésta es la cuarta pregunta que la Corte declara inconstitucional en temas de consulta popular.

La primera fue del PAN, quien pretendió someter a consulta la pregunta sobre el aumento al salario mínimo; posteriormente la del PRD y Movimiento Regeneración Nacional (Morena), quienes querían llevar a consulta popular la reforma constitucional en materia energética.

En esos tres casos, la Corte resolvió que la pregunta que pretendían someter los institutos políticos a consideración de los mexicanos, era inconstitucional, porque se actualiza uno de los supuestos que prohíbe la Constitución, particularmente el referente a los ingresos y gastos del Estado, además de que menoscaban los derechos humanos.

Información y foto: Milenio

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