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Blindan diputados la despenalización del aborto en Aguascalientes

Aguascalientes, Diciembre 10 (2018).-Diputados de las Comisiones Unidas de la Familia, Derechos de la Niñez y Gobernación y Puntos Constitucionales, aprobaron hoy por mayoría un dictamen para modificar los artículos segundo y cuarto de la Constitución del Estado de Aguascalientes para que en su texto se continúe garantizando el derecho a la vida desde el momento de la fecundación.

La legisladora Paloma Amézquita Carreón, aseguró a alchileaguascalientes que no modificarán la legislación penal, no obstante, el documento avalado y que se llevará al pleno, sostiene en su nuevo artículo que «todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos en los términos que establezca la ley».

Añade que toda persona tiene el derecho inherente a que se respete su vida desde su inicio en la fecundación y hasta su culminación en la muerte natural, como presupuesto primordial que sustenta los demás derechos.

Abunda que «queda prohibida la pena de muerte la cual no podrá aplicarse en ningún caso».

Toda persona tiene el derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica y ninguna ley podrá atentar contra la escencial unidad y dignidad de la naturaleza humana. Toda persona tiene los deberes y obligaciones correlativas a los derechos que esta constitución y demás leyes le reconocen. Por ende toda persona está llamada a contribuir al cumplimiento de las tareas comunitarias y de labor social en la medida de las capacidades y posibilidades, como el medio para el pleno desarrollo de su personalidad.

«Para efectos de esta Constitución y todas las leyes que de ella emanen, persona es todo ser humano. Por la misma razón, el hogar y particularmente los niños sin excepción alguna, serán sujetos de especial protección por parte de las autoridades. Toda medida o disposición protectoras de la familia y de la niñez se considerarán de orden público».

Para que sea aprobada esta reforma deberá someterse a la votación de todos los representantes populares toda vez que requiere la mayoría calificada de 18 votos como mínimo . Posteriormente debe ser avalada por la mayoría de los 11 ayuntamientos del estado de Aguascalientes.